Para sacar a subasta un inmueble en Martorell,
primero tenemos que atribuirle un valor.
El artículo 639.3 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LEC)
establece que la tasación de los bienes se ha de hacer por su valor de
mercado. No se tendrán en cuenta sus cargas y gravámenes (se le resta el
importe de todas ellas, que sean anteriores al gravamen por el que se ha
despachado ejecución y cuya preferencia sea constatable mediante
certificado registral de dominio y cargas.
Rapidez, profesionalidad, discreción e imparcialidad son nuestras
premisas, y todo con el mejor precio del mercado. ¡NO PAGUE MÁS POR LO
MISMO!
|
|